El artículo 507 de la Ley de Sociedades de Capital establece las reglas para la disolución de una sociedad anónima o limitada en España. Según este artículo, una sociedad se disolverá cuando se produzca alguna de las siguientes circunstancias:
1. El vencimiento del plazo de duración fijado en los estatutos, salvo que se prorrogue el plazo mediante acuerdo de los socios.
2. La conclusión de la empresa o las actividades que constituyen el objeto social.
3. La imposibilidad manifiesta de conseguir el fin social.
4. La paralización de los órganos sociales de la sociedad de tal manera que resulte imposible su funcionamiento.
5. La reducción del capital social por debajo del mínimo legal.
6. La disolución acordada por los socios en junta general.
7. La declaración de concurso de acreedores de la sociedad.
En caso de que se produzca alguna de estas circunstancias, la sociedad deberá proceder a su disolución y liquidación. Durante el proceso de liquidación, se realizarán las operaciones necesarias para pagar las deudas pendientes y distribuir el patrimonio entre los socios en proporción a sus participaciones en la sociedad.
En resumen, el artículo 507 de la Ley de Sociedades de Capital establece las reglas para la disolución y liquidación de una sociedad anónima o limitada en España en caso de que se produzcan ciertas circunstancias.
Artículo 507 de la Ley de Sociedades de Capital
El artículo 507 de la Ley de Sociedades de Capital se refiere al derecho de separación de los socios de una sociedad en caso de modificación del estatuto de la sociedad.
¿En qué consiste el derecho de separación?
El derecho de separación es un derecho que tienen los socios de una sociedad en caso de que se produzcan ciertos cambios en la misma que afecten a sus intereses de forma significativa. En estos casos, los socios pueden ejercer su derecho a separarse de la sociedad y recibir su parte proporcional del capital social.
¿En qué casos se puede ejercer el derecho de separación según el artículo 507?
Según el artículo 507, los socios podrán ejercer su derecho de separación en los siguientes casos:
- Modificación del objeto social de la sociedad.
- Modificación de la nacionalidad de la sociedad.
- Transformación de la sociedad en otro tipo de sociedad.
- Modificación del régimen de transmisión de las participaciones sociales.
- Modificación del régimen de distribución de beneficios.
- Modificación del régimen de liquidación de la sociedad.
¿Cómo se ejerce el derecho de separación según el artículo 507?
Para ejercer el derecho de separación, el socio deberá comunicar su decisión a la sociedad en el plazo de un mes desde que se adoptó el acuerdo de modificación estatutaria. La comunicación deberá realizarse por escrito y deberá incluir la solicitud de separación y el número de participaciones o acciones que posee el socio.
La sociedad tendrá un plazo de dos meses para proceder al pago de la parte proporcional del capital social correspondiente al socio que ejerce su derecho de separación.
Ejemplo de aplicación del artículo 507
Imaginemos que una sociedad limitada decide modificar su objeto social para dedicarse a una actividad diferente a la que venía desarrollando. Uno de los socios considera que esta modificación afecta negativamente a sus intereses, ya que no está interesado en la nueva actividad de la sociedad y no quiere seguir formando parte de la misma.
En este caso, el socio podrá ejercer su derecho de separación de acuerdo con lo establecido en el artículo 507 de la Ley de Sociedades de Capital. Deberá comunicar su decisión por escrito a la sociedad en el plazo de un mes desde que se adoptó el acuerdo de modificación estatutaria, y la sociedad deberá proceder al pago de la parte proporcional del capital social correspondiente al socio en un plazo de dos meses.