El artículo 1096 del Código Civil establece que «la obligación de no hacer una cosa comprende la de no permitir que otro la haga». En otras palabras, cuando una persona se compromete a no realizar cierta acción, también tiene la responsabilidad de evitar que otros la realicen en su nombre o con su consentimiento.
Este artículo es importante en el ámbito del derecho civil, ya que se aplica a situaciones en las que se establecen acuerdos para evitar daños o perjuicios a terceros. Por ejemplo, si un vecino se compromete a no hacer ruido después de cierta hora, también deberá asegurarse de que sus invitados y familiares no hagan ruido en su casa durante ese tiempo.
En resumen, el artículo 1096 del Código Civil establece que las obligaciones de no hacer también incluyen la responsabilidad de evitar que otros realicen la acción en cuestión.
Interpretación del Artículo 1096 del Código Civil
El Artículo 1096 del Código Civil establece que «la obligación de dar cosa cierta comprende sus accesorios y pertenencias».
Ejemplo 1
Supongamos que Juan le vende a Pedro un automóvil, el cual incluye entre sus accesorios una llanta de repuesto, un gato hidráulico y una llave cruz. Según el Artículo 1096, la obligación de Juan de entregar el automóvil a Pedro también incluye la entrega de estos accesorios.
Ejemplo 2
En un contrato de compraventa de una casa, se establece que la venta incluye los muebles que se encuentran dentro de la propiedad. Según el Artículo 1096, el vendedor está obligado a entregar no solo la casa, sino también los muebles que se encuentran dentro de ella.
Ejemplo 3
En una transacción comercial, una empresa vende una maquinaria a otra empresa. Según el Artículo 1096, la venta de la maquinaria también incluye cualquier otro accesorio que sea necesario para su correcto funcionamiento, como por ejemplo manuales de usuario, herramientas especiales, repuestos, etc.
En conclusión, el Artículo 1096 del Código Civil establece que al momento de cumplir con la obligación de dar una cosa cierta, se deben entregar no solo la cosa en sí misma, sino también sus accesorios y pertenencias, a menos que se haya acordado lo contrario explícitamente.